La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para realizar la recategorización del primer semestre del año hasta el 9 de agosto, inclusive. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Si bien la recategorización suele realizarse hasta los días 20 de los meses de julio y enero, la demora en la aprobación del paquete fiscal, que incluye cambios para el monotributo, corrió los plazos.
Según la AFIP, el objetivo de modificar las fechas es para «promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables». Además, se prorroga el vencimiento de la obligación de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondiente al período agosto de 2024.
Y por último se aclara que, las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización, tendrán efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.
Se detalla que se podrá cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive.
Los pasos que hay que seguir para recategorizarse son:
- Acceder al Portal Monotributo: ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
- Ingresar a la opción recategorización: detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Imprimir la nueva credencial de pago: una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.
- Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente al de la recategorización, no en el momento de realizarla.