Chaco retrocede y vuelve la alarma sanitaria y la restricción en comercios. A través de un nuevo decreto, el Gobierno endureció las medidas sanitarias desde este viernes hasta el 24 de octubre.
El Gobierno de la provincia emitió el decreto N°1314 que anula el avance de fase del plan de desescalada y vuelve a restringir la circulación de personas a través de la alarma sanitaria, así como prohibirá la apertura de gimnasios, iglesias entre otras actividades.
El Consejo Provincial de Desescalada y el Comité Técnico de Emergencia Sanitaria dejó sin efecto las medidas establecidas en el Decreto N° 1207/2020, debido a que“se ha incrementado la ocupación de camas destinadas a pacientes y la cantidad que requiere asistencia respiratoria mecánica, y eso implica un colapso del sistema sanitario en caso de continuar con la situación”, afirman en el nuevo decreto que será anunciado en las próximas horas.
Las nuevas medidas restrictivas que entrarán en vigencia desde este viernes, en toda la provincia son:
- La suspensión de actividades en centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, gimnasios, clubes, y cualquier espacio público o privado que implique concurrencia de personas.
- Ingreso y egreso de la provincia con control en puntos limítrofes.
- Implementación de la alarma sanitaria con prohibición de la circulación de personas y vehículos desde las 21 hasta las 7.
- Suspensión del transporte público de pasajeros, interurbano e interjurisdiccional.
- Suspensión de actividades turísticas, deportivas o recreativas en espacios públicos como la permanencia en plazas, parques urbanos, espacios verdes o similares.
- Prohibición de permanencia de personas en salones, salas y oficias de atención al público.
- La restricción en el funcionamiento de bares, restaurantes, quioscos y todo otro local comercial de elaboración y/o venta de comidas y/o panificados, los que sólo podrán mantener abiertos sus comercios para la preparación y venta de alimentos bajo la modalidad delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo.
- La circulación de personas, automotores y motovehículos, salvo las declaradas esenciales. La medida comprende calles, rutas provinciales y nacionales.
- Únicamente podrán circular por la vía pública, rutas provinciales y nacionales, las personas que cuenten con permiso provincial de circulación para la realización de las actividades consideradas esenciales y los casos exceptuados como desplazamiento para la asistencia y cuidado de mayores, menores y dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables, causas de fuerza mayor o necesidad.
- Se dispone el cese total de actividades comerciales, industriales, de construcción y de servicios, tanto público como privado, incluyéndose actividades liberales.