A través de cuatro disposiciones , publicadas este martes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la la venta de dos marcas de aceite, una de queso sardo y una pasta de legumbres.
La investigación comenzó en base a la consulta de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).Se logró comprobar que no tiene antecedentes en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
Los investigadores encontraron en un comercio de la ciudad de Paraná, Entre Ríos, más unidades del producto y fueron decomisadas como muestra.
En consecuencia, mediante la Disposición Nº 3387/2021, ordenó retirar del mercado el aceite prensado de girasol “marca Yenie, elaborado por: RNE 00-037488 RNPA 053-00-004988”, por “carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes”.
En suma, mediante la Disposición Nº 3386/2021 se prohibió el “Aceite de oliva Extra Virgen, marca Morena, elaborado y envasado por M. Bustos S.A., RNE N° 12004618, RNPA N° 12007250, Ruta Nac.74 Km 1198, Industria Argentina”.
La investigación inició luego de varias denuncias de vecinos de la localidad puntana de Nogolí que aseguraron que, tras haber consumido este aceite presentaron un cuadro de Gastroenteritis Aguda (GEA).
De la misma manera, se descubrió que los registros de establecimiento y de producto que figuran en el rótulo de la botella, no existen en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
Por otro lado, la Disposición Nº3385/2021 prohibió la comercialización del queso Sardo Argentino marca “La María, RNPA N° 080068760, RNE N° 08000708, Venta al peso, Disque SRL, Colonia Brugo, Dpto Paraná, Entre Ríos”, el cual fue prohibido “por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE dado de baja y un RNPA inexistentes”.
Una cuarta disposición publicada hoy, la Nº 3384/2021, prohibió “la comercialización en todo el territorio nacional” de la pasta de legumbres lenteja chía Cornetti, marca “Wakas Gluten Free”, RNPA 02- 613142, lote 305 – fecha de vencimiento: 31/10/21, elaborado por RNE 02-035204.
El producto fue retirado del mercado por tener en el envase el símbolo “SIN TACC”, que distingue a aquellos productos que son aptos para celiaco, pero “está contaminado al contener mayor cantidad de gluten que la permitida”.