Atención Comercial : El tiempo de espera no debe superar los 30 minutos

En caso de ocurrir, se debe solicitar el libro de queja y denunciar el hecho en el mismo. Ante
cualquier duda, se puede recurrir a la Defensoría para prevalecer los derechos como
consumidor. También a la Dirección de Defensa del Consumidor.

La Defensoría del Pueblo continúa en la certificación de establecimientos comerciales donde se
expone a los consumidores a una espera excesiva. Para ello, se advierte que la Ley N° 2442-D
establece que si la espera supera los 30 minutos en un establecimiento comercial, empresa de
servicios públicos, ventanillas o cajeros automáticos de instituciones bancarias, financieras o no
financieras que presten servicios de cobranzas de impuestos o servicios públicos, de pago de
haberes de trabajadores jubilados y pensionados y de trabajadores activos, se puede realizar
una denuncia y exigir una respuesta.
Los establecimientos y empresas de manera obligatoria, deben entregar un comprobante de
turno en el que se deje constancia del número de orden, hora de la solicitud y tiempo de espera
y/o horario estimado de atención, que deberá ser claramente legible. Además, deben contar con
un libro de quejas especifico a disposición de los usuarios y carteles de 30 cm por 30 cm con la
frase “Si espera más de treinta (30) minutos podrá denunciar el hecho en el libro de quejas”.
Para probar que la espera superó los 30 minutos, es recomendable guardar prueba de la hora
de ingreso al establecimiento o empresa, así como de la hora en que te atienden o del tiempo
que llevas esperando, mediante fotos, videos, entre otros, para poder presentar los
comprobantes de turno y cualquier otra documentación necesaria.
Cómo proceder y a donde recurrir
Si tus derechos como usuario han sido vulnerados, tenés que exigir el libro de quejas y asentarlo
y posteriormente realizar una denuncia ante la Dirección de Defensa del Consumidor de la
Provincia. Ante cualquier duda que tengas respecto de éste o cualquier otro derecho que tenés
como consumidor, la Defensoría del Pueblo está para darte atención y asesoramiento
especializado.

Podés acercarte personalmente a Santa Fe 328 de lunes a viernes de 07:30 a 13:00 h,
telefónicamente al: (362) 4453506 o vía mail: defensordelpueblo@chaco.gob.ar . Hagamos
respetar la ley entre todos.

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