Salones de fiestas, restaurantes y hoteles ya no tendrán que pagar el impuesto a SADAIC

El Gobierno nacional modificó por decreto la ley que obligaba a pagar un canon a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) por reproducir o ejecutar música en eventos de carácter privado. 

Por medio del Boletín Oficial, se informó que fue remplazado el artículo 33 de la Ley de Propiedad Intelectual (11.723), que establecía originalmente que se entendía como representación o ejecución pública “aquella que se efectúe en cualquier lugar que no sea un domicilio privado y, aún dentro de éste, cuando la representación o ejecución sea proyectada o propalada al exterior”.

Se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”, agrega el escrito.

Es decir, que por ejemplo, los salones de fiestas no deberán abonar ningún canon a SADAIC. Cabe destacar que ese era el requisito hasta este momento.

Desde SADAIC ya anunciaron que están en contra de ese decreto, «porque es una agresión injustificada a los derechos de los autores y compositores».

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