La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclara que la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y del seguro continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública. El Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, en su artículo Nº 361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de ambos requisitos.
En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recuerda que la documentación requerida para viajar es: Documento Nacional de Identidad (DNI); licencia Nacional de Conducir; Cédula verde o azul; comprobante de seguro en vigencia; comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo; constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV). Además, se precisa tener chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado, y matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
En tanto, aconsejan que antes de viajar se chequee el funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo, la presión de los neumáticos, que la rueda de auxilio esté en buenas condiciones, y el nivel de aceite, líquido refrigerante y de frenos.