Con la finalidad de actualizar los requisitos técnicos y operacionales de seguridad que deben reunir las embarcaciones dedicadas a la pesca artesanal que operen en aguas jurisdiccionales marítimas, fluviales o lacustres, Prefectura Naval Argentina adoptó un nuevo régimen de seguridad para la habilitación y operación de embarcaciones de pesca artesanal, derogando las normas particulares que se encontraban en vigor desde el año 2002.
A través de un comunicado de pensa, el organismo nacional dio a conocer las nuevas normas (DISFC-2022-115-APN–PNA#MSG), que excluye a la pesca de subsistencia y son aplicables a las embarcaciones dedicadas a la pesca artesanal, inscriptas en la segunda agrupación (menores) de la matrícula mercante nacional y que cuenten con permiso de pesca vigente conforme a la normativa aplicable en la jurisdicción donde opere. Asimismo, se establece un sistema de habilitación de embarcaciones para el servicio de pesca artesanal, a través de las Dependencias Jurisdiccionales de la Prefectura, para un mejor control de las condiciones técnicas y operacionales de seguridad establecidas al momento de la aprobación de la embarcación.
Otras de las características sustantivas del nuevo régimen de seguridad, es la reducción de la carga administrativa en lo que respecta a los trámites de despacho general y dotación mínima de seguridad, adecuándose el equipo de seguridad y supervivencia requerido según la navegación (marítima, fluvial o lacustre) y la práctica habitual, teniendo en cuenta las particularidades geográficas de la zona de operación.