El Superior Tribunal de Justicia declaró inconstitucional la ordenanza que cerraba el juzgado de faltas

En un fallo sin precedentes, el Superior Tribunal de Justicia del Chaco declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza municipal Nº2001/2022 dictada por el Concejo Deliberante de Puerto Vilelas.

Dicha ordenanza había sido sancionada en octubre de 2002 y establecía la eliminación del juzgado de faltas de la estructura municipal, derogando además una serie de normas vinculadas al organismo.

En esa oportunidad, el Concejo municipal de Puerto Vilelas eliminó el Juzgado de Faltas Municipal y derogó las ordenanzas que creaban el Código de faltas municipal y la designación de la Jueza de faltas y del secretario.

La sentencia del Poder Judicial, en este contexto, significa que esas acciones carecen de todo efecto legal, por lo que deberá restituirse el organismo y su cargo de jueza de Faltas a Cintia Edith Cantero Gaffoglio.

En ese sentido, el abogado Aldo Javier Cabañadestacó la sentencia como «un triunfo del municipalismo», remarcando que se trata de un reconocimiento de la autonomía municipal plasmada en el articulo 123 de la Constitución nacional «sin olvidar que la Reforma Constitucional del año 1994 termina por incorporar a los municipios como actores necesarios del federalismo».

Cabaña valoró además la relevancia del fallo, al considerar que el municipio «es la ventana más próxima al ciudadano, es la primera caja de resonancia de la ciudad y es quien debe garantizar la mejor condición de vida del vecino, de allí la importancia de los Juzgados de Faltas municipales sobre todo en estos tiempos donde se ampliaron las competencias de los mismos al medio ambiente, al cambio climático, a la defensa de los consumidores».

La sentencia, subrayó Cabaña, significa además el reconocimiento del órgano judicial como tercer poder dentro de la estructura municipal y destaca la vigencia de los principios de progresividad y seguridad jurídica.

En sus considerandos, la ordenanza ahora declarada como inconstitucional aseguraba que había «un trasfondo político que tiñe de sospecha a la idea de establecer un poder judicial municipal con la excusa del republicanismo y la autonomía que estriba en la necesidad de satisfacer el deseo de pertenencia a una corporación de poder por parte de un sector profesional que vio frustradas sus ambiciones de realizar la carrera judicial»

Además, denunciaba que la existencia del juzgado de faltas en el municipio respondía a «la astucia de ciertos sectores partidarios sin aval electoral que pujan por tener presencia institucional y garantizar la inserción de sus cuadros en los poderes del Estado», calificando a estos sectores como «minorías ilustradas, ocultos detrás de las propuestas reformistas».

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