El Gobierno del Chaco resolvió suspender las actualizaciones de la tarifa eléctrica correspondientes a SECHEEP y asumir, mediante subsidios provinciales, los incrementos del costo de la energía mayorista establecidos por Nación. La decisión también contempla la devolución de aumentos ya aplicados, con el objetivo de reducir el impacto de las subas sobre las facturas de hogares y actividades comerciales.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto provincial N° 2380/2026, firmado el 8 de octubre y publicado en el Boletín Oficial del Chaco del miércoles 14. Su instrumentación fue precisada por la Resolución 12309/26 de SECHEEP, del 13 de octubre, incluida en la misma edición. Ambas normas modifican la aplicación de los cuadros tarifarios derivados de la Resolución 479/26 del Ministerio de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, luego de la audiencia pública realizada el 18 de febrero.
En concreto, el decreto suspende el traslado gradual del Valor Agregado de Distribución (VAD) y del Cargo Tarifario Específico (CTE), dos componentes vinculados con la prestación del servicio provincial, desde los consumos de agosto de 2026 hasta los de septiembre de 2027 inclusive. También deja sin efecto la aplicación de los anexos tarifarios previstos para consumos entre agosto de 2026 y abril de 2027, y ordena utilizar nuevamente los valores provinciales de julio de 2026.
En diálogo con DataChaco el vocal de Secheep, Germán Perelli, explicó que la tarifa «se retrotrae a julio: como ya estaba facturado agosto, correspondiente al período 8, ese porcentaje se devuelve en la factura de septiembre, del período 9. Esto aplica tanto a lo que corresponde al Valor Agregado de Distribución, que es de Secheep, como lo que corresponde a la Energía Mayorista».
Cómo se devolverán los aumentos ya cobrados
Uno de los aspectos centrales de la decisión es la compensación de los incrementos aplicados en agosto, cuando SECHEEP ya había emitido las facturas con los nuevos valores. Esas diferencias deberán reconocerse a favor de los usuarios mediante créditos que se reflejarán en la facturación posterior.
La Resolución 12309/26 establece que las diferencias cobradas por el VAD y el CTE en las facturas correspondientes a agosto se acreditarán automáticamente en la facturación del período 09/26, descontándose del total a pagar . El cálculo compara los cuadros tarifarios de julio y agosto sobre los consumos ya facturados desde el 8 de agosto de 2026. Los usuarios no deberán solicitar el crédito ni realizar trámites adicionales.
La decisión también alcanza a los aumentos del precio de la energía mayorista, un componente que no determina SECHEEP, sino el Gobierno nacional. Los ajustes establecidos desde agosto representaron incrementos aproximados del 3% para usuarios residenciales y del 4,5% para otras categorías, entre ellas las comerciales.
Para evitar que esas variaciones recaigan sobre los consumidores, la Provincia implementará una compensación a través de subsidios. La resolución de SECHEEP indica que las diferencias por precios mayoristas de agosto y septiembre de 2026 se acreditarán automáticamente en las facturaciones del período 09/26 y las correspondientes a octubre en las del período 10/26. El beneficio provincial se aplicará cuando los precios mayoristas fijados por Nación superen los valores de referencia de julio de 2026; si son iguales o inferiores, no corresponde ese subsidio. Las facturas deberán identificarlo con la leyenda «factura con Subsidio del Estado Provincial».
Qué componentes de la factura quedarán alcanzados
La tarifa eléctrica reúne diferentes conceptos, entre los que se destacan el costo de abastecimiento de la energía y los gastos de distribución. El primero representa aproximadamente entre el 52% y el 53% de la factura, mientras que el VAD, correspondiente a SECHEEP, equivale a alrededor del 27% o 28%.
Ambos componentes están contemplados en las medidas provinciales. Sin embargo, esto no significa que todos los usuarios pagarán exactamente lo mismo que en julio, ya que el monto final dependerá de la cantidad de energía consumida, además de los restantes conceptos, impuestos y tasas que integran cada factura.
El decreto también suspende el mecanismo de monitoreo de los costos propios de distribución previsto en el esquema anterior hasta septiembre de 2027 inclusive, de modo que no opere como vía de actualización de ese componente durante el período establecido.
Hasta cuándo estará vigente la suspensión
El artículo 1° del Decreto 2380/2026 fija expresamente la suspensión del traslado gradual del VAD y del CTE hasta los consumos de septiembre de 2027 inclusive. Por su parte, el artículo 2° deja sin efecto los anexos que habían previsto escalones tarifarios hasta abril de 2027 y el artículo 4° suspende, también hasta septiembre de 2027, el mecanismo de monitoreo de costos de distribución.
En cuanto al financiamiento, la normativa establece que el Poder Ejecutivo deberá compensar los subsidios otorgados mediante mecanismos presupuestarios y financieros vinculados con el programa Chaco Subsidia Energía. También autoriza las adecuaciones necesarias para instrumentar las compensaciones.
De esta manera, la Provincia busca contener el impacto de los incrementos tarifarios sobre los usuarios chaqueños, especialmente ante los meses de mayor demanda eléctrica. El alcance efectivo del alivio podrá comprobarse en las próximas facturaciones, a partir de la identificación de los créditos, subsidios y consumos correspondientes a cada cliente.