Abogado del foro local presentó una denuncia penal contra la jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional con asiento en la ciudad de Resistencia, Mercedes Noemí Riera. Se trata de Sergio Paulo Pereyra (Matrícula Profesional 6.554 – Folio: 74 – Tomo: XV del registro del Superior Tribunal de Justicia del Chaco) quien en su presentación ante el Equipo Fiscal y Juzgado de Garantías de Turno, entiende que la jueza de 70 años de edad –en principio- encuadraría en el delito de “Usurpación de autoridad”, previsto y reprimido por el artículo 246° inciso 2 del Código Penal argentino.
A su vez, solicita “se lleve adelante una investigación exhaustiva, tanto por la complejidad del caso como por los grados de participación criminal que pudieran existir por parte de otras personas”. Se establece que la Jueza en cuestión “no quiere concursar para seguir en su cargo conforme lo establece la constitución y la ley”.
Según presenta Pereyra, el artículo del Código Penal en cuestión prevé y reprime al “que después de haber cesado por ministerio de la ley en el desempeño de un cargo público o después de haber recibido de la autoridad competente comunicación oficial de la resolución que ordenó la cesantía o suspensión de sus funciones, continuare ejerciéndolas…”.
Ahora, el profesional del derecho menciona a la “Revista Litigio: Periodismo Judicial”, a través de la cual las y los chaqueños “de a píe, nos anoticiamos que el día viernes 22/04/2022, la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, en voto dividido, hizo lugar a una medida cautelar en favor de la jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional con asiento en la ciudad de Resistencia, Mercedes Noemí Riera, y ordenó al Consejo de la Magistratura suspender el llamado a concurso para cubrir el cargo de dicha Cámara: Resolución N° 169/22”. “En esos términos y por lo pronto, la camarista continúa ocupando de facto el cargo, a pesar de haber superado los 70 años y sin rendir un nuevo concurso “coma manda La Ley” (Ley de Leyes: la Constitución)”, fundamenta Paulo Pereyra.