Funcionamiento de bares, restaurantes y demás comercios con las nuevas medidas en Chaco

Dentro de las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno del Chaco se destaca que los locales comerciales podrán funcionar de 8 a 21 horas. Las actividades no esenciales sólo podrán mantener abiertos los locales bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia de clientes en el mismo. El funcionamiento de actividades y locales comerciales esenciales para abastecimiento estará habilitado de 8 a 21 con estricta reducción de aforo al 30 por ciento de la superficie disponible de cada espacio.
Bares y restaurantes
Sí. Podrán funcionar de 8 a 22 horas con disposición de mesas y sillas para atención al aire libre, en grupos reducidos y bajo cumplimiento de medidas de distanciamiento y protocolos de bioseguridad vigentes. A partir de las 22 y hasta las 24 podrán funcionar solamente a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery) y/o para llevar (take away).
Actividades esenciales
Se consideran esenciales las
siguientes actividades:
a- Abastecimiento de combustible en sus diferentes etapas de acopio y comercialización.
b- Fabricación, procesamiento, distribución de productos alimenticios y bebibles.
c- Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos, y sus diferentes insumos.
d- Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos.
e- Servicios de comunicación, audiovisuales y de telefonía.
f- Fabricación y provisión de insumos complementarios para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías y otros.
g- Fabricación, distribución y comercialización de insumos, medicamentos y alimentos para mascotas y atención veterinaria para mascotas.
h- Centros de atención telefónica, debiendo respetar los protocolos establecidos en normas nacionales, provinciales y municipales y mantener al menos un puesto de trabajo intermedio entre cada operador, no pudiendo superar en ningún momento una ocupación superior al cincuenta (50%) por ciento de la capacidad instalada.
i- Obras públicas en general, obras privadas referidas a la refacción, construcción o mantenimiento de la infraestructura sanitaria.
j- Empresas de seguridad y vigilancia.
Síguenos en Facebook